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Cuba autoriza empresas privadas con más de 100 trabajadores

El Consejo de Estado de Cuba publicó el Decreto-Ley 133, que autoriza la creación de empresas privadas con más de 100 trabajadores, una figura que amplía el marco de las micro, pequeñas y medianas empresas establecidas en 2021. La norma fue difundida el 2 de septiembre de 2026 y entrará en vigor siete días después, el 9 de septiembre.

Las nuevas compañías podrán constituirse como sociedades de responsabilidad limitada (S.R.L.) cuando cuenten con varios propietarios, o como sociedades unipersonales de responsabilidad limitada (S.U.R.L.) si tienen un solo dueño. También podrán abrir locales o establecimientos secundarios en otras provincias del país.

Reglas para las nuevas empresas

El decreto establece que las empresas deberán operar mediante cuentas bancarias corrientes y comercializar sus productos y servicios en pesos cubanos, salvo que otra disposición autorice el uso de divisas. Antes de su aprobación, los socios tendrán que depositar el capital inicial en una cuenta transitoria y acreditar el origen lícito de los fondos.

Las compañías podrán fijar precios dentro de los límites establecidos por el Gobierno, determinar los salarios de sus trabajadores, importar y exportar con autorización del Ministerio de Comercio Exterior y asociarse con capital extranjero. La propiedad podrá corresponder a cubanos residentes en la isla o en el exterior, así como a extranjeros residentes.

La normativa excluye como propietarios o administradores a funcionarios y dirigentes del Estado y del Gobierno, además de personas con deudas o condenas incompatibles con la actividad empresarial. Asimismo, establece que las empresas deberán asumir una responsabilidad social en beneficio de sus comunidades.

Más cambios para el sector no estatal

El paquete de transformaciones también permite que las cooperativas amplíen su presencia geográfica y realicen operaciones de importación y exportación con autorización oficial. En el caso del trabajo por cuenta propia, la colaboración familiar seguirá limitada, aunque los titulares podrán permanecer hasta tres meses al año en el extranjero sin perder su licencia y deberán bancarizar los salarios cuando contraten personal.

Entre las medidas publicadas figura además la Resolución 30/2026 del Ministerio de Educación, que autoriza casas privadas de cuidado infantil, clases particulares y cursos privados de idiomas. Las cuidadoras deberán capacitarse y los docentes de idiomas tendrán que acreditar ante el Estado un nivel mínimo B1.

Los profesores de la educación pública podrán ofrecer repaso fuera de su horario laboral, pero no emitir títulos ni utilizar instalaciones o libros oficiales. También deberán impartir clases gratuitas a niños vulnerables de su comunidad como parte de la responsabilidad social exigida.

En materia inmobiliaria, los propietarios podrán rentar espacios a las nuevas empresas privadas y a las cooperativas. Los contratos deberán incluir un registro de las personas que pernocten en el inmueble durante cinco años y, cuando se trate de cubanos residentes en el exterior o extranjeros, sus datos deberán ser reportados al Ministerio del Interior.

El Decreto-Ley 133 forma parte de un paquete de 176 transformaciones económicas y sociales aprobado por el Gobierno cubano en junio de 2026. Las autoridades han planteado que las medidas buscan liberalizar y descentralizar algunas actividades, ampliar la oferta de bienes y servicios y otorgar mayor espacio a los actores privados, sin modificar el papel central de la empresa estatal socialista.