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Corte discutirá si atrae recurso sobre la huelga del Nacional Monte de Piedad

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votará este lunes 24 de agosto de 2026 si ejerce su facultad de atracción sobre el recurso de revisión relacionado con la declaratoria de inexistencia de la huelga en el Nacional Monte de Piedad (NMP), conflicto laboral que comenzó el 1 de octubre de 2025 y suma casi 11 meses.

La solicitud fue presentada por el Sindicato Nacional de Trabajadores del Nacional Monte de Piedad, titular del contrato colectivo, ante un tribunal colegiado en materia de trabajo, que posteriormente remitió el expediente al máximo tribunal del país.

De acuerdo con el expediente, el caso está relacionado con el amparo concedido en febrero a la administración del NMP por un juez de distrito. Esa resolución derivó en la declaratoria de inexistencia de la huelga, decisión que fue impugnada por la representación sindical.

Si la Suprema Corte decide atraer el asunto, su análisis se limitará a determinar si la resolución cuestionada cumple con alguno de los tres supuestos previstos en el artículo 459 de la Ley Federal del Trabajo. La eventual atracción no significa que el tribunal pueda ordenar directamente a las personas trabajadoras regresar a sus labores.

Para aprobar la atracción se requiere una mayoría simple de las ministras y los ministros que integran el Pleno. La admisión del recurso abrió una nueva etapa jurídica para un conflicto que ha mantenido suspendida la operación de la institución prendaria.

En caso de que la SCJN rechace atraerlo, el expediente regresará al tribunal colegiado, cuyos magistrados deberán resolver el recurso de revisión y determinar el curso del litigio laboral.

La huelga comenzó el 1 de octubre de 2025 en más de 300 sucursales del Nacional Monte de Piedad, institución de empeño con más de 250 años de historia. Mientras continúa el proceso judicial, la disputa entre la administración y el sindicato permanece sin una resolución definitiva.